EDITORIAL
La importancia del expediente clínico en la Odontología Forense.
Dr.
Manuel Ebair Valdez Figueroa.
Fiscalía
General de Justicia del Estado de Nuevo León.
Instituto de Criminalística y Servicios Periciales adscrito al Servicio
Médico Forense.
Departamento de Odontología Forense.
Hoy en día, en la odontología junto con sus diversas especialidades,
tenemos los problemas en el correcto uso del almacenaje del expediente clínico,
sabemos que los pacientes en esta época buscan soluciones económicas
y se la pasan de consultorio en consultorio, con el fin de encontrar un tratamiento
económico, sin embargo, también existen los pacientes que acuden
con su odontólogo privado y terminan sus tratamientos dentales. Así
mismo, el expediente clínico en muchos de los casos no son realizados,
son eliminados antes de tiempo y depurados sin tener una base de datos.
De acuerdo con lo que nos define y marca la Norma Oficial Mexicana correspondiente,
NOM-004-SSA3-2012-Norma Oficial del Expediente Clinico-4.4, el expediente
clínico es el conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenonologicos
o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud deberá
hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención
con arreglo a las disposiciones sanitarias.
La Historia Clínica es el documento que se contempla en los servicios
de consulta externa y hospital, tiene como finalidad principal, el establecer
un conocimiento amplio del paciente, de sus factores de riesgo, de la evolución
de su padecimiento y a través del conjunto de signos y síntomas,
establecer diagnósticos: presuncional, diferencial, etiológico,
que permitan determinar un pronóstico y un plan terapéutico.
Lo menos que debe contener la historia clínica de un paciente es: ficha
de identificación, antecedentes heredo familiares, antecedentes personales
patológicos, historia de adicciones, antecedentes quirúrgicos
y/o alérgicos, así como el interrogatorio del padecimiento actual
y de aparatos y sistemas.
La importancia del expediente clínico, ante una situación de
conflicto en la atención médica, es fundamental para el análisis
del acto médico e importancia en los dictámenes técnicos
médicos o de arbitraje médico.
El expediente es de propiedad de la institución y del prestador de
servicios médicos, estos deberán ser conservados por un periodo
mínimo de 5 años contados a partir de la fecha del último
acto médico.
Podemos concluir que el expediente clínico para la odontología
forense es de mucha importancia, ya que se pueden realizar comparativos antemortem
y postmortem con ambos identoestomatogramas, relacionándolos con los
diferentes tipos de tratamientos quirúrgicos, restaurativos y estéticos,
así como también la importancia de las radiografías periapicales,
oclusales y panorámicas. Todo esto en conjunto se analiza por el Odontólogo
Forense y se logra una identificación en diferentes fenómenos
cadavéricos No Nombres ingresados al servicio médico forense.
Referencias
NOM-004-SSA3-2012 Norma Oficial del Expediente Clínico 4.4
Bañuelos Delgado N. Expediente Clínico Comisionado Médico
Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje
Médico del Estado de Nayarit. Recuperado Mayo del 2018 de:
http://www.conamed.gob.mx/comisiones_estatales/coesamed nayarit /publicaciones/pdf/expediente_clinico.
pdf
Revista Mexicana
de Estomatología.
Vol 5, No
1 enero - junio 2018.
ISSN: 2007-9052
www.remexesto.com
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